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Trump sanciona al CPI — la UE responde con un arma de la Guerra Fría

La medida sin precedentes del gobierno de Trump de sancionar a la Corte Penal Internacional ha desatado una contraofensiva de la UE que emplea un instrumento de bloqueooriginariamente creado contra Cuba e Irán. La pregunta es si Bruselas podrá realmente obligar a Washington a echarse atrás.

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La opción nuclear de la UE para el derecho internacional

Cuando la administración Trump anunció que congelaría todos los activos de la CPI en territorio estadounidense y ordenaría a las empresas e individuos estadounidenses cortar vínculos con el tribunal en un plazo de seis meses, las capitales europeas no respondieron solo con rechazo moral. Abrieron un cajón del que esperaban no volver a necesitar.

El 9 de octubre, la Comisión Europea declaró que cooperaría estrechamente para mantener el funcionamiento del tribunal y prometió trabajar con las 125 partes del Estatuto de Roma para proteger la independencia de la CPI. Al día siguiente, dos altas figuras de la UE concretaron la amenaza. El primer ministro neerlandés Rob Jetten, hablando junto al presidente del Consejo Europeo António Costa, subrayó que el plazo de seis meses era crucial precisamente porque dejaba espacio para la negociación. Luego, el ministro de Asuntos Exteriores belga Maxim Prevedello declaró a los periodistas que estaba solicitando formalmente a la Comisión que activara el estatuto de bloqueo de la UE, una arma legal diseñada para nulificar las sanciones extraterritoriales impuestas por terceros países.

La ironía es palpable. El reglamento de bloqueo se redactó a finales de la década de 1990 específicamente para proteger a las empresas europeas del alcance secundario de las sanciones estadounidenses contra Cuba e Irán. Se ha usado raramente en su forma actual. El hecho de que Bruselas ahora se prepare para desplegirlo contra un aliado, y contra sanciones dirigidas no a un estado rival sino a una institución judicial radicada en La Haya, marca una escalada significativa en la disputa transatlántica sobre quién tiene la autoridad para definir el significado del derecho internacional.

Quién es realmente el objetivo

El decreto estadounidense califica a la CPI como un tribunal fuera de la ley. Ese encuadre puede sonar a teatro político, pero la mecánica es quirúrgica. Congelar los activos de la CPI dentro de la jurisdicción estadounidense corta un flujo real, aunque modesto, de financiación operativa. Prohibir a las empresas e individuos estadounidenses cualquier transacción con el tribunal —incluso servicios rutinarios como soporte informático, bancario o traducción jurídica— crea una pesadilla de cumplimiento normativo. Las multinacionales con conexiones estadounidenses enfrentarán una elección imposible: obedecer a Washington o seguir operando en La Haya.

La ventana de seis meses es el detalle más trascendental de todo el decreto. Da tiempo a la CPI y a sus estados miembros para responder, negociar o encontrar soluciones alternas. También deja margen a la administración Trump para afirmar que ofreció una vía de desescalada, una que la UE ha dejado claro que no aceptará en términos estadounidenses. Si el tribunal se niega a cambiar su conducta, las sanciones se consolidan. Si cede terreno, Washington gana palanca sobre un organismo al que se ha opuesto durante décadas. En cualquier caso, Estados Unidos establece el calendario.

La señal de las siete naciones

Antes de la respuesta formal de la UE, los ministros de Asuntos Exteriores de Dinamarca, Alemania, Francia, Italia, el Reino Unido, Canadá y Japón emitieron una declaración conjunta advirtiendo que las sanciones afectarían severamente el trabajo del tribunal y pondrían en peligro a su personal y a sus familias. La agrupación importa. Abarca el núcleo del apoyo diplomático occidental a la CPI e incluye países que también son cercanos socios de seguridad de Estados Unidos. Su mensaje fue deliberado: no se trata de una queja regional europea. Es una alarma multilateral.

La declaración también contenía una advertencia tácita. Varias de estos gobiernos tienen ciudadanos e instituciones propias que podrían quedar expuestos si Estados Unidos decide ampliar la red de sanciones. La CPI no es la única entidad que podría sufrir por un precedente de castigar a países por hacer negocios con un tribunal internacional.

Qué hace realmente el estatuto de bloqueo

La mecánica es engañosamente simple. El reglamento prohíbe a las personas y empresas de la UE cumplir con las sanciones listadas de terceros países. Permite a los negocios perjudicados por esas sanciones reclamar daños y perjuicios en los tribunales europeos. Y exige a las entidades de la UE notificar a la Comisión si se ven afectadas por las medidas extraterritoriales.

En la práctica, el estatuto es más escudo que espada. Protege a las empresas europeas de las penas estadounidenses por continuar operando con la CPI, pero no puede impedir que Washington sancione directamente a esas empresas. No puede descongelar los activos de la CPI ya bloqueados en bancos estadounidenses. Y no puede obligar a las compañías estadounidenses a ignorar la orden. Para las pymes europeas con exposición a EE. UU., la amenaza de sanciones secundarias sigue pudiendo superar la protección que ofrece el estatuto.

No obstante, activar el reglamento de bloqueo envía una señal de que Bruselas considera esto un desafío sistémico, no un desacuerdo bilateral. Sitúa el conflicto dentro de un marco legal en lugar de uno diplomático, que es precisamente donde la UE prefiere combatir.

Qué sucede después

El escenario más probable a corto plazo es un tenso enfrentamiento de seis meses. La UE activará su estatuto de bloqueo, coordinará con las partes del Estatuto de Roma y explorará canales alternativos de financiación y operación para la CPI que eludan el sistema financiero estadounidense. Las empresas americanas buscarán urgentemente orientación de cumplimiento. El personal del tribunal se preparará para las interrupciones.

Pero la pregunta más profunda es si este choque redefine los límites de la responsabilidad multilateral. La CPI fue creada por estados soberanos para enjuiciar los peores crímenes cuando los sistemas nacionales fallan. Sancionar a la institución en sí —en lugar de jueces o casos específicos— ataca la arquitectura de la justicia colectiva, no solo un resultado político. Si las grandes potencias aprenden que pueden coaccionar económicamente a los tribunales internacionales, el precedente se extenderá mucho más allá de La Haya. Alcanzará a todos los organismos basados en tratados que dependan del cumplimiento voluntario y del financiamiento compartido.

La respuesta de la UE sugiere que comprende las implicaciones. Si tiene la unidad política y el apalancamiento económico para defender el derecho internacional frente a su miembro más poderoso permanece como una pregunta abierta y urgente.